Núm. 728
AYUNTAMIENTO DE PINA DE EBRO
Aprobados por resolución de esta Alcaldía número 2025-0022, dictada con fecha 28 de enero de 2025, el padrón fiscal y las liquidaciones integrantes correspondientes a escuela infantil, referidos al mes de febrero de 2025, quedan expuestos al público en la Secretaría municipal por un plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a su publicación en el BOPZ, y en la sede electrónica de Pina de Ebro, a efectos de presentación de reclamaciones.
Periodo de cobranza
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Recaudación, se hace pública la apertura del periodo de cobranza conforme a las siguientes normas:
Plazos
- Período voluntario: 62 días naturales contados a partir de la finalización de la exposición pública en el BOPZ.
- Período ejecutivo: Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el periodo ejecutivo, conforme a la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de intereses de demora, recargos y, en su caso, costas del procedimiento de apremio.
Lugar y forma de pago
Los pagos podrán realizarse en:
- Oficinas municipales: De lunes a viernes en horario de 08:30 a 14:30.
- Ingreso en entidades bancarias:
- Banco Santander, S.A.
- Ibercaja Banco, S.A.
- Nueva Caja Rural de Aragón, S.C.C. (Bantierra)
En ambos casos, durante el periodo voluntario.
Domiciliaciones bancarias
Los cargos se realizarán en la cuenta a partir de la fecha de finalización de la exposición pública en el BOPZ.
- Si la entidad bancaria devuelve el recibo, los contribuyentes podrán pagarlo en voluntaria en el Ayuntamiento, dentro del horario y plazo establecidos.
Recibos no domiciliados
- Contribuyentes con aviso de pago:
- Podrán realizar el pago dentro del plazo del periodo voluntario en las oficinas del Ayuntamiento o en las entidades bancarias mencionadas.
- Contribuyentes sin aviso de pago:
- Deberán acudir a las oficinas del Ayuntamiento dentro del plazo del periodo voluntario.
Régimen de recursos
- Contra la aprobación del padrón y/o las liquidaciones contenidas en él, podrá interponerse recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la finalización de la exposición pública, conforme al artículo 14 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo).
- Contra su desestimación, expresa o presunta, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo:
- En el plazo de dos meses desde la notificación de la resolución, si esta es expresa.
- En el plazo de seis meses desde el acto presunto, si no hay resolución expresa.
- No podrán simultanearse la interposición del recurso de reposición y la reclamación económico-administrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Pina de Ebro, a 29 de enero de 2025
El alcalde, Pablo Blaquet Abós
Este formato mejora la claridad y legibilidad del documento, facilitando su comprensión. ¿Necesitas algún ajuste adicional? 😊