Ayuntamiento de Pina de Ebro

SECCIÓN SEXTA
Núm. 7917
AYUNTAMIENTO DE PINA DE EBRO

ANUNCIO relativo a extracto de la resolución de la Alcaldía de fecha 8 de noviembre de 2022 por la que se convocan ayudas al transporte de jóvenes estudiantes de Pina de Ebro para el curso académico 2022-2023.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la sede electrónica del Ayuntamiento de Pina de Ebro:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas los jóvenes estudiantes que se encuentren cursando y, por tanto, matriculados en el curso académico 2022-2023 que tengan que desplazarse diariamente desde Pina de Ebro hasta alguno de los centros universitarios o de enseñanzas superiores dentro de la Comunidad Autónoma de Aragón en los siguientes términos:

a) Jóvenes entre edades comprendidas entre los 16 y 26 años que durante el curso 2022-2023 realicen alguna de las siguientes enseñanzas:

     

      • Estudios universitarios, incluidos los de posgrado.

    » Formación profesional de grado medio y/o superior, formación profesional básica, así como programas formativos de cualificación básica y bachilleratos cualificados, siempre y cuando se trate de modalidades no ofertadas en Fuentes de Ebro o en Pina de Ebro.

    » Enseñanzas artísticas y/o musicales profesionales o superiores.

       

        • Enseñanzas deportivas de régimen especial.

      b) Que todos los miembros de la unidad familiar a la que pertenezca el solicitante se encuentren empadronados en Pina de Ebro como mínimo tres meses antes de que se aprueben las presentes bases por el Pleno de la Corporación y el solicitante resida en el municipio durante el curso 2022-2023,

      Segundo. — Objeto.

      La subvención tiene por objeto becar en concepto de transporte a aquellos estudiantes que se encuentren cursando y, por tanto, matriculados en el curso académico 2022-2023 en estudios universitarios, ciclos formativos de grado superior y/o grados
      medios, así como programas formativos de cualificación básica, siempre y cuando se trate de modalidades no ofertadas en Fuentes de Ebro o en Pina de Ebro, enseñanzas artísticas y/o musicales profesionales o superiores y enseñanzas deportivas de
      régimen especial, que tengan que desplazarse diariamente desde Pina de Ebro hasta alguno de los centros universitarios o de enseñanzas superiores dentro de la Comunidad Autónoma de Aragón.

      Los centros en los que se cursen los correspondientes estudios deben de ser públicos o, en su caso, estar homolagos por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Aragón para su impartición.

      Es condición necesaria para poder acceder a la beca el estar residiendo en el municipio de Pina de Ebro y desplazarse diariamente fuera del municipio para cursar sus estudios. Por lo tanto, es necesario que las personas que opten a dicha beca se encuentren empadronadas en Pina de Ebro como mínimo tres meses antes de la aprobación de la presente convocatoria.

      Tercero. — Bases reguladoras.

      El texto íntegro se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Pina de Ebro (https://pinaebro.sedelectronica.es/) a efectos informativos.

      Cuarto. — Cuantía.

      El presupuesto máximo de la convocatoria asciende a 7.000 euros. Se otorgarán subvenciones por una cuantía máxima de 450 euros por beneficiario.

      Quinto. — Plazo de presentación de solicitudes.

      El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, que empezará a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOPZ. En el tablón de edictos de la sede electrónica será publicado el texto íntegro de la misma a efectos informativos.

      Sexto. — Otros datos.

      Las solicitudes acompañadas de la documentación requerida en esta convocatoria se formularán en el modelo que figura como anexo | de esta convocatoria. Se dirigirán a la señora alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento y se presentarán en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien de forma electrónica a través del Registro Electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Pina de Ebro:

      http://pinaebro.sedelectronica.es

      Pina de Ebro, a 9 de noviembre de 2022. — La alcaldesa-presidenta, Mercedes
      Abós Murillo.